Pleno

Tal y como establece el art. 47.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 del Sistema Universitario, “Por ley de la Comunidad Autónoma se regulará la composición del Consejo Social procurando que su funcionamiento sea eficaz y eficiente. Dicha norma establecerá un estatuto de sus miembros”. Así lo contempla en el artículo 25.1 de la Ley de Universidades de Castilla y León.

Así lo recogen igualmente los Estatutos de la Universidad de Valladolid aprobados por el acuerdo 111/2020, de 30 de Diciembre, de la Junta de Castilla y León.

Tal y como establece el artículo 22 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social, éste órgano funcionará en Pleno, en Comisiones o en grupos de trabajo.

Corresponde al Pleno el ejercicio de las competencias legales y reglamentarias atribuidas al Consejo Social.

El Consejo Social está integrado por veintinueve miembros, seis de ellos en representación de la Comunidad Universitaria, entre los que necesariamente están el rector, el secretario general y el gerente de la Universidad con la condición de miembros natos, así como un profesor, un estudiante. El resto de vocales son designados entre personalidades de la vida cultural, profesional, económica, laboral y social a propuesta de las organizaciones empresariales, centrales sindicales, consejerías relacionadas con la Economía, la Ciencia y la Cultura y de las Cortes de Castilla y León.

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