Competencias
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 de la Ley 3/2003, de 28 de marzo, de Universidades de Castilla y León, las competencias del Consejo Social, en el marco establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, son las siguientes:
Competencias de carácter económico
- Supervisar las actividades de carácter económico de la Universidad y el rendimiento de los servicios universitarios.
- Promover la colaboración de la sociedad en la financiación de la Universidad.
- Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno, la programación plurianual de la Universidad.
- Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno, el presupuesto anual de la Universidad y sus modificaciones.
- Aprobar las cuentas anuales de la Universidad con carácter previo al trámite de rendición de cuentas y las de las entidades dependientes de la misma.
- Aprobar la liquidación del presupuesto de la Universidad.
- Supervisar el desarrollo y ejecución del presupuesto de la Universidad, así como el control de las inversiones, gastos e ingresos de aquella, mediante las correspondientes técnicas de auditoría.
- Proponer a la consejería competente la autorización de cualquier operación de endeudamiento de la Universidad.
- Aprobar los precios de enseñanzas propias, cursos de especialización y los referentes a las demás actividades autorizadas a la Universidad.
- Informar los convenios de carácter económico que suscriba la Universidad.
Competencias en materia de personal
- Acordar con el rector la designación del gerente de la Universidad.
- Adoptar los acuerdos precisos en orden a la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo del personal de administración y servicios de la Universidad y sus modificaciones.
- Acordar, a propuesta del Consejo de Gobierno, la asignación singular e individual de complementos retributivos adicionales ligados a méritos docentes, investigadores y de gestión al personal docente e investigador contratado y al profesorado funcionario, previa valoración de los méritos por la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León.
Competencias de gestión universitaria
- Informar la creación, modificación y supresión de centros universitarios.
- Informar la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
- Informar la creación y supresión de institutos universitarios de investigación.
- Informar la adscripción o desadscripción como institutos universitarios de investigación de instituciones o centros de investigación de carácter público o privado.
- Informar la adscripción a la Universidad de centros docentes de titularidad pública o privada para impartir estudios conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional mediante la aprobación del correspondiente convenio.
- Proponer la creación y supresión de centros dependientes de la Universidad en el extranjero.
- Aprobar, a propuesta del Consejo de Gobierno, la planificación estratégica de la Universidad.
Otras competencias
- Supervisar que la política de becas, ayudas, exenciones y créditos al estudio y a la investigación que otorgue la Universidad con cargo a sus presupuestos ordinarios, se desarrolle con arreglo a los principios de publicidad, mérito y capacidad.
- Promover las relaciones de la Universidad y su entorno cultural, profesional, económico y social al servicio de la calidad de la actividad universitaria y la contribución de la Universidad al desarrollo sostenible de su entorno local y regional. A tal fin, aprobará un plan anual de actuaciones.
- Promover las líneas de colaboración con las Administraciones públicas y las empresas y entidades privadas. A tal fin, aprobará un plan anual de actuaciones.
- Aprobar, previo informe del Consejo de Gobierno, los conciertos o convenios entre la Universidad y las instituciones sanitarias u otras instituciones o entidades públicas y privadas para el desarrollo de la docencia y la investigación.
- Fomentar el establecimiento de relaciones entre la Universidad y otras entidades públicas o privadas, empresas, fundaciones o personas a fin de mantener los vínculos y potenciar el mecenazgo a favor de la institución académica. A tal fin, aprobará un plan anual de actuaciones.
- Aprobar las normas que regulen el progreso y la permanencia en la Universidad de los estudiantes, de acuerdo con las características de los respectivos estudios.
- Aprobar la creación por parte de la Universidad, por sí o en colaboración con otras entidades públicas o privadas, de empresas, fundaciones u otras personas jurídicas, de acuerdo con la legislación general aplicable.
- Aprobar los actos de disposición de los bienes inmuebles y de los muebles de extraordinario valor, en los términos previstos en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación aplicable a dichos actos.
- Elaborar su reglamento de organización y funcionamiento.
- Informar la creación de empresas de base tecnológica, promovidas por la Universidad o participadas por ésta o por alguno de los entes a que se refiere el artículo 84 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, creadas a partir de patentes o de resultados generados por proyectos de investigación realizados en Universidades.
- Promover la transferencia y la aplicación de los conocimientos generados en la Universidad para una mayor contribución al progreso tecnológico, al crecimiento sostenible y al desarrollo social de Castilla y León.
- Impulsar la adecuación de la oferta de enseñanzas y actividades de las Universidades a las necesidades de la sociedad y las actuaciones dirigidas a favorecer la inserción profesional de los titulados universitarios.
- Apoyar las iniciativas de las Universidades encaminadas a favorecer las relaciones con sus egresados, contribuyendo así a la proyección nacional e internacional de las mismas.
- Elevar sugerencias al Consejo de Gobierno sobre aquellas cuestiones que considere de interés para la Universidad.